ARRAIGO FAMILIAR

Abogado de arraigo familiar online, sin desplazamientos

Cuéntanos tu situación y recibe instrucciones claras para preparar el expediente. Un abogado revisará la documentación, realizará la tramitación online y te informará de cada paso sin necesidad de acudir al despacho.

Empieza por saber si este es tu trámite

El arraigo familiar se aplica ahora a situaciones concretas. Antes de pedir certificados o preparar formularios, comprobamos si esta autorización corresponde realmente a tu caso.

Rocío Sánchez
Abogada de extranjería · Más de 10 años de experiencia
Colegiada n.º 123.783

UN PROCEDIMIENTO PENSADO PARA HACERLO A DISTANCIA

Tú reúnes lo necesario. Nosotros gestionamos el expediente.

Sin acudir al despacho

Puedes iniciar y gestionar el trámite desde casa, enviando la documentación desde el móvil o el ordenador.

Solo los documentos necesarios

Recibes una lista adaptada a tu situación para evitar certificados, traducciones o gestiones que no necesitas.

Te indicamos cada paso

Si necesitas personarte ante Policía u otro organismo, te informamos de dónde acudir, cuándo y qué debes llevar.

PRIMER FILTRO

¿El arraigo familiar corresponde a tu situación?

Con la normativa actual, esta autorización está reservada a supuestos concretos. Comprueba primero dónde encaja tu caso.

01

Padre, madre o tutor

De un menor ciudadano de otro país de la UE, del EEE o de Suiza, cuando concurren las condiciones exigidas.

02

Familiar que presta apoyo

A una persona con discapacidad de la UE, EEE o Suiza, cuando existe el vínculo y se cumplen los requisitos previstos.

03

Sin plazo mínimo previo

A diferencia de otros tipos de arraigo, no se exige acreditar dos años de permanencia previa en España.

04

¿Tu familiar es español?

Puede que tu procedimiento sea otro. Antes de presentar nada, comprobamos qué autorización corresponde a tu situación.

No prepares documentación por tu cuenta todavía.
Primero comprobamos si el arraigo familiar es la vía correcta y qué necesitas exactamente.

ANTES DE RECOPILAR PAPELES

Tres comprobaciones antes de iniciar el expediente

La idea es sencilla: confirmar primero el encaje jurídico y pedir después únicamente los documentos que sirven para tu caso.

01

Vínculo y nacionalidad

Comprobamos la relación familiar, la nacionalidad del menor o familiar y la documentación con la que puede acreditarse.

02

Situación en España

Revisamos tu situación administrativa y cualquier circunstancia que pueda afectar a la solicitud antes de presentar.

03

Documentos extranjeros

Te indicamos qué certificados deben estar vigentes y cuáles necesitan apostilla, legalización o traducción jurada.

DOCUMENTACIÓN

La documentación que necesitas, sin listas interminables

Después de revisar tu situación recibirás una lista adaptada a tu caso. Esta es solo una orientación de los documentos que suelen intervenir.

Documentación general

Documentación del vínculo

Antes de pedir certificados

No todos los expedientes necesitan los mismos documentos. Antes de solicitar certificados, traducciones o apostillas, confirmamos cuáles hacen falta para evitar gastos y gestiones innecesarias.

ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN

Prepara y envía tus documentos desde casa

No necesitas traer una carpeta al despacho. Puedes enviarnos la documentación digitalizada para revisarla antes de presentar el expediente.

PDF para documentos

Utiliza PDF para certificados o documentos con varias páginas y comprueba que estén completos y legibles.

Carpeta privada si pesa demasiado

Cuando los archivos sean grandes, puedes compartirlos mediante una carpeta privada con acceso restringido.

Nombra los archivos para identificarlos fácilmente

01_pasaporte_nombre-apellidos.pdf
02_certificado-nacimiento.pdf
03_documento-vinculo-familiar.pdf
04_antecedentes-penales.pdf

Antes de enviar

PROCESO

Así gestionamos tu arraigo familiar online

Paso 1

Confirmamos tu situación

Comprobamos si el arraigo familiar es la autorización adecuada o si tu caso debe tramitarse por otra vía.

Paso 2

Recibes tu lista exacta

Te indicamos qué documentos necesitas y cuáles requieren traducción, apostilla, legalización o actualización.

Paso 3

Envías los documentos

Nos haces llegar la documentación desde tu móvil u ordenador, sin acudir al despacho.

Paso 4

Revisión y preparación

Revisamos el expediente completo y te avisamos si falta algo antes de presentar.

Paso 5

Presentación telemática

El abogado realiza la presentación por vía telemática y te facilita el justificante correspondiente.

Paso 6

Seguimiento y siguientes pasos

Te informamos de requerimientos, resolución y cualquier actuación posterior. Si debes acudir personalmente a un organismo, sabrás dónde, cuándo y qué llevar.

SERVICIO PROFESIONAL

Qué gestiona el abogado por ti

Honorarios claros antes de empezar

Antes de contratar conocerás el alcance del servicio, los honorarios profesionales y qué gastos externos pueden ser necesarios.

Las tasas administrativas, traducciones, legalizaciones, apostillas o certificados externos no se incluyen salvo indicación expresa.

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Rocío Sánchez Montes
Abogada especializada en extranjería
Colegiada n.º 123.783

TU ABOGADA

Tu expediente lo revisa una profesional de extranjería

Rocío Sánchez es abogada especializada en extranjería, con más de diez años de experiencia. El servicio es online, pero la revisión del caso, la preparación del expediente y el seguimiento se realizan de forma profesional y personalizada.

Rocío Sánchez
Abogada especializada en extranjería
Colegiada n.º 123.783

PREGUNTAS FRECUENTES

Dudas antes de iniciar el arraigo familiar

Sí. La gestión con el abogado se realiza online: estudio del caso, envío y revisión de documentación, preparación, presentación y seguimiento. Si después necesitas acudir personalmente a Policía u otro organismo, te indicaremos dónde, cuándo y qué documentación debes llevar.

No. El arraigo familiar no exige el periodo mínimo de permanencia previa que se pide en otros tipos de arraigo.

La normativa actual distingue el arraigo familiar de las autorizaciones previstas para familiares de ciudadanos españoles. Antes de iniciar el expediente comprobamos qué procedimiento corresponde a tu caso.

Cuando se concede por arraigo familiar, la autorización tiene una duración de cinco años.

La autorización permite trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en España durante su vigencia, conforme a la normativa aplicable.

Depende del país y del documento. Revisamos qué certificados necesitan traducción jurada, apostilla o legalización antes de que realices esas gestiones.

La Administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver. El tiempo real puede variar y pueden producirse requerimientos durante la tramitación.

Si debes solicitar personalmente la TIE o realizar otra actuación presencial, recibirás las indicaciones necesarias para saber dónde acudir, qué documentación llevar y cuál es el plazo correspondiente.

DA EL PRIMER PASO

Empieza tu trámite sin desplazarte al despacho

Explícanos quién es tu familiar, qué nacionalidad tiene y cuál es tu situación actual en España. Comprobaremos qué procedimiento corresponde y te indicaremos cómo empezar.

Contenido informativo basado en la normativa de extranjería vigente y en la información oficial de la Administración. Los requisitos y la documentación deben confirmarse para cada caso antes de presentar.

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